Micelio
Auto12 de noviembre de 2021

A- de 2021

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se hace un requerimiento al director de la UARIV sobre el cumplimiento de lo ordenado en el literal ii de la orden octava de la Sentencia SU.016/21, en el sentido de remitir el protocolo dispuesto para tal fin a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04.

A través del precitado fallo se unificaron las reglas en torno a las medidas de amparo en el marco de los procesos de desalojo de la población desplazada y de otros sujetos de especial protección constitucional por ocupación irregular.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REQUERIR, a través de la Secretaría General de esta Corporación, al director de la Unidad para las Víctimas para que, en el término de los cinco (5) días siguientes a la comunicación de esta providencia, cumpla la orden contenida en el literal ii de la orden octava de la Sentencia SU-016 de 2021, en el sentido de remitir el protocolo dispuesto para tal fin a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004.
  2. Para estos efectos, el documento podrá ser allegado a través del correo electrónico de la Secretaría General (secretaria1@corteconstitucional.gov.co).
  3. Segundo. ADVERTIR, a través de la Secretaría General de esta Corporación, al director de la Unidad para las Víctimas que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto 2067 de 1991, "Los jueces y los demás servidores públicos deberán de manera eficaz e inmediata prestar a la Corte la colaboración que ésta les requiera. El incumplimiento de este deber será causal de mala conducta".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.